Sí puede votar con el DNI vencido. La RENIEC decidió prorrogar excepcionalmente hasta el día de la votación, y únicamente para ejercer el derecho al sufragio, la vigencia de los documentos de identidad caducos.
El ciudadano que posea un Documento Nacional de Identidad (DNI) que ha caducado el 5 de junio o antes, y no ha sido renovado, podrá utilizarlo para sufragar en la segunda vuelta presidencial. Recuerda el DNI caduco solo tendrá vigencia este domingo y exclusivamente para ejercer el voto, por lo que el uso de un DNI vencido no será permitido en ninguno de los otros procesos cívicos o legales que exijan su utilización.
La RENIEC recomienda a los ciudadanos que, luego del proceso electoral, verifiquen la fecha de caducidad de su documento de identidad y lo renueven, si fuera necesario, pues la presentación del DNI vigente es requerida al realizar trámites notariales o financieros, suscribir contratos, viajar y llevar a cabo diversos actos civiles.
La fecha de caducidad de su DNI se ubica en la parte superior derecho de su documento.